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Como integrante de la comunidad jurídica militar y en honor a mi cargo de Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial considero una obligación contribuir a través de la palabra y la acción a fortalecer el espíritu e institucionalidad de la justicia militar y restablecer su jurisdicción injustamente amputada por decisiones que antepusieron intereses particulares a los verdaderos intereses del Perú: La paz interna, la seguridad nacional, el orden, la justicia y el desarrollo democrático. Mediante este blog los invito a un diálogo alturado y a un intercambio de ideas que permita generar mayor grado de información y conocimiento sobre los fines y también sobre los desafíos que enfrenta el Fuero Militar Policial.

miércoles, 1 de febrero de 2012

Un nuevo Código y optimización de la ley Nº29182

Contralmirante CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial


En un hecho histórico para el fortalecimiento de la administración de justicia e institucionalidad de las FF.AA y Policía Nacional, y por ende para la seguridad y defensa nacional, el gobierno peruano –en el marco de las facultades otorgadas por el Congreso para legislar en materia de Justicia Militar Policial– promulgó el miércoles 1º de setiembre de 2010 importantes leyes, entre ellas la que establece un nuevo código de justicia y otra norma que optimiza la Ley de Organización y Funciones del FMP. El nuevo Código, llamado Código Penal Militar Policial –dado mediante Decreto Legislativo Nº 1094– responde a la nueva jusrisprudencia del TC, que reconoce que el concepto de DELITO DE FUNCIÓN puede variar según las circunstancias; igualmente guarda concordancia con el marco jurídico señalado y aceptado por organismos supranacionales como la Comisión y la Corte Interamericana de DDHH, en sus últimas sentencias, así como la jurisprudencia de los Tribunales Constitucionales de Colombia y Espana y la Corte Suprema de Canadá.

Nuevo Código Penal Militar Policial Ver Descargar
Este código es un instrumento moderno que nos ayudará a preservar de mejor forma el orden y la disciplina en las FF.AA. y PNP, garantizando además que los efectivos del orden que incurran en delitos de función sean juzgados con todas las garantías del debido proceso como corresponde a un Estado democrático y constitucional de derecho. Ello no significa ningún beneficio indebido o impunidad para militares y policías, sino simplemente la garantía de que sus derechos serán respetados. Por otra parte, en el marco de las mismas recomendaciones y criterios jurídicos tanto del TC, en su sentencia de diciembre de 2009, como de los organismos supranacionales; y en el uso de las facultades otorgadas, el ejecutivo también ha promulgado el Decreto Legislativo Nº 1096, que modifica artículos de la Ley Nº 29182 Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial para fortalecer su independencia, transparencia y eficacia de sus acciones. Por ejemplo, con la nueva norma se garantiza la transparencia e independencia de nuestros magistrados al establecer que los vocales y fiscales de la máxima instancia serán oficiales generales o almirantes en situación de retiro… también se asegura la inamovilidad de jueces y fiscales militares de manera que solo pueden ser cambiados a su solicitud y por necesidades jurisdiccionales y fiscales debidamente comprobadas. Adicionalmente, se ha establecido un sistema de ratificación de magistrados cada 5 años previa verificación de su idoneidad.

Decreto Legislativo Nº 1096 Ver Descargar
En conclusión, los decretos legislativos promulgados en la fecha, consolidarán el FMP y lo reafirmarán como una institución moderna que respeta los principios rectores de la administración de justicia; que cuenta con suficientes garantías de autonomía, independencia e imparcialidad; que asegura un juzgamiento especializado de las actuaciones de los efectivos del orden; que respeta el debido proceso y los derechos humanos; y que vela por el cumplimiento idóneo de las funciones de defensa y seguridad de la República por parte de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Gracias por su gentil atención y los invito a seguir informándose sobre la justicia militar policial por nuestros canales de divulgación.

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