BIENVENIDOS

Como integrante de la comunidad jurídica militar y en honor a mi cargo de Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial considero una obligación contribuir a través de la palabra y la acción a fortalecer el espíritu e institucionalidad de la justicia militar y restablecer su jurisdicción injustamente amputada por decisiones que antepusieron intereses particulares a los verdaderos intereses del Perú: La paz interna, la seguridad nacional, el orden, la justicia y el desarrollo democrático. Mediante este blog los invito a un diálogo alturado y a un intercambio de ideas que permita generar mayor grado de información y conocimiento sobre los fines y también sobre los desafíos que enfrenta el Fuero Militar Policial.

jueves, 17 de diciembre de 2009

Presentación ante el Tribunal Constitucional

Presentación realizada ante los magistrados del Tribunal Constitucional, en el marco de la defensa del Congreso de la República ante la demanda de Inconstitucional del Colegio de Abogados de Lima respecto al la ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial. La audiencia pública se realizó el 25 de junio de 2009 en el auditorio de la Facultad de Derecho de la Universidad de san Martín de Porres, en la ciudad de Chiclayo.
Señor Presidente, Señores Vocales,
Muy buenos días, vengo a este Tribuna Constitucional en mi condición de presidente del tribunal supremo militar policial, con la convicción de que mis palabras no sólo serán atendidas, sino que servirán para contribuir a que mediante una sentencia histórica, este colegiado de una vez por todas aclare y defina la situación de la Justicia Militar en el Perú.
Quiero iniciar este informe, haciendo un breve extracto de los orígenes de la Justicia Militar.
Esta institución, es decir la Justicia Militar, existe desde que se crearon los ejércitos permanentes, por eso es que se afirma que ella es para los ejércitos lo que el polvo es para las botas de los soldados, qué significa esta frase, lo que quiere decir es que, la justicia siempre ha estado al lado de los ejércitos para velar por su orden y disciplina.

Este fuero, existe en el Perú desde la época colonial, donde se administraba justicia mediante las Ordenanzas Militares españolas y éstas perduraron hasta años después de la independencia. Cuando en 1898, en que se promulga el primer código de Justicia Militar en el país y es desde ese entonces que en todas las constituciones se ha mencionado a la Justicia Militar como un órgano de excepción distinta a la justicia ordinaria.

Si bien es cierto que en el Perú en los años 80, se vivió momentos difíciles para su democracia y se abusaron de instituciones entre ellas la Justicia Militar, no es ninguna razón para tratar de minimizarla o desaparecerla como pretenden algunas ongs. Sino fortalecerla, por cuanto la Justicia Militar de hoy ha evolucionado y esta acorde a las normas nacionales e internacionales.

La Justicia Militar por iniciativa propia en el año 2001, elaboró un proyecto de nuevo código de Justicia Militar y ley orgánica de Justicia Militar, proyectos que fueron publicados en el diario oficial "el Perúano", para recibir opiniiones y mejoras a los referidos proyectos, luego de lo cual fue sometida a consideración del consejo de ministros, cuyo premier era el dr. Javier Pérez de Cuéllar y Ministro de Justicia el Dr. Diego García Sayán.
Ese proyecto fue aprobado y remitido por el presidente del gobierno de transición Dr. Valentín Paniagua al Congreso de la República, a la Comisión de Justicia, donde fue debatida conjuntamente con seis o siete proyectos presentados por las distintas bancadas, luego de transcurrido un tiempo prolongado se encargó a la Justicia Militar redactar conjuntamente con los asesores del Congreso, un nuevo proyecto y luego fue coordinado también con el Tribuna Constitucional, de lo cual pueden dar fe los magistrados de ese entonces, como los drs. Alva Orlandini, Magdiel Gonzales, García Toma y, J. B. Bardelli.
Lamentablemente cuando ese proyecto se debatió en el Congreso, se cambió gran parte de su articulado, dando origen a la ley 28665 que motivó diversas acciones de inconstitucionalidad. Por ello esperamos que el fallo que emita este colegiado, permita el normal desarrollo de esta institucion del estado.
Otro ejemplo de la voluntad de cambio de la Justicia Militar, son los seminarios realizados en su sede institucional desde el año 2001, en los que se contó con la participacion de las ongs de dd.hh. Como el IDL, APRODEH, coordinadora nacional de dd hh, el propio colegio de abogados, asi como de pretigiosos juristas Peruanos y extranjeros.
Hemos participado en la reunión de expertos de Justicia Militar realizada en Madrid – España, donde hemos expuesto nuestra propuesta de cambio y donde por unanimidad de sus participantes, se acordó:
- La jurisdicción militar aspira a promover el orden y la disciplina militares.- Debe velar por el respeto a las garantías judiciales del dih.- Reconocer normativamente los principios del derecho penal militar.- Sistema de enjuiciamiento rápido y con celeridad.- Procesos equitativos, publicidad, independencia e imparcial.
También hemos estado recientemente en el mes de marzo, en Washington, en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, exponiendo nuestra posición frente a las denuncias sin fundamento presentada por el IDL, que igual que ahora plantea ante ud. El Colegio de Abogados de Lima, es decir que el nombramiento de los vocales y jueces de la Justicia Militar deben ser efectuados por el consejo nacional de la magistratura, que no podemos tener fiscales militares, que los oficiales en actividad no deben administrar justicia, etc., ya hemos nosotros rebatido legalmente estos puntos equivocados en Washington tanto es así que los comisionados Meléndez y Carozza han reconocido que la Justicia Militar peruana, es un ejemplo para toda latinoamérica, tal como lo veremos en las siguientes imágenes:






Señor presidente, señores vocales, la incertidumbre y el recorte de sus atribuciones a la Justicia Militar está mellando la moral tanto de los miembros de las Fuerzas Armadas como de la Policía Nacional del Perú, atentando contra la soberanía e integridad nacional, porque una desmoralización tanto de las Fuerzas Armadas como de la Policía Nacional del Perú crea una situación que podría ser inimaginable.
Permítaseme ilustar el contexto actual de conflicto en que nos encontramos:
-Recientemente, fueron asesinados 24 policías en los disturbios ocurridos en la amazonía. y 14 muertos en el VRAE.-El departamento de estado de estados unidos, recientemente ha calificado como zonas restringidas a 8 regiones del Perú.-Según estudios internacionales, Perú es el segundo mayor productor de cocaína en el mundo y en su territorio operan varias mafias del narcotráfico a vinculadas con terroristas.
Aunado a estos graves problemas en el ámbito de la defensa interna, también se deben tener presentes los problemas en el ámbito de defensa externa. Sobre este punto, cabe traer a colación lo siguiente:
Según el anuario 2008 del Instituto Internacional de Investigaciones para la Paz de Estocolmo (SIPRI) en los últimos cinco años, Ecuador y Chile (países en conflicto histórico con el Perú) fueron los países de la región que más aumentaron sus gastos militares. Ecuador en 53% y Chile 49%.
Consecuentemente es urgente la necesidad de fortalecer a la Justicia Militar en nuestro país, ya que es la encargada de preservar la disciplina y el orden dentro de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, pues permite que estas instituciones cumplan cabalmente con las trascendentales funciones que la constitución respectivamente les ha asignado como son la defensa nacional, seguridad ciudadana y orden interno de la Nación.
Señores:
Es importante mencionar los inconvenientes de que el Fuero Común juzgue a los militares, podemos mencionar algunos ejemplos como el del Oficial de Mar que se durmió en su guardia a bordo, lo que ocasionó que fuera arrestado por un oficial.Resulta que dicho Oficial de Mar enjuicia al oficial en el Fuero Común y el juez sentencia dándole la razón indicando que el sueño es algo natural y que en todo caso no se estaba en guerra. Creo señores que huelga todo comentario.
De manera similar, un cadete de la escuela naval fue dado de baja por acumulación de faltas graves, una de ellas haberse quedado dormido en su puesto de guardia, dando lugar a que le sustraigan el armamento; sin embargo, ante una acción de amparo, un juez civil determinó que la sanción había sido exagerada, puesto que un joven de 19 años cuya personalidad aun esta en formación, tiene derecho al debido descanso y que además no nos encontrábamos en situación de conflicto. El citado cadete fue reincorporado y el impacto sobre la disciplina de los 400 cadetes restantes fue totalmente negativo.
Si ello ocurre durante su etapa de formación militar, ¿que esperamos de su futuro desempeño como oficial?
Por ello es importante que quienes investiguen y juzguen las infracciones al deber militar o policial deban ser militares, por la experiencia y vivencia de la vida castrense. Los magistrados militares acompañan y viven con su personal, vivencia que no alcanza ni puede alcanzar a los magistrados civiles.
Lo que está ocurriendo señor Presidente, señores magistrados, es que los militares y los policías no tienen miedo a morir o quedar heridos, porque tienen una mística y una disciplina para ello, pese a las escasas remuneraciones que perciben. Un soldado tiene una retribución algo superior a s/. 100.00 y los sub oficiales o policías alrededor de s/. 800.00, pero repito no tienen duda en su sacrificio por el país.
Incluso, estos efectivos son enjuiciados en el Fuero Común, en procesos que duran años, lo que además del juicio, trunca su carrera militar; no podrán ascender, ni podrán recibir condecoración o reconocimiento alguno y lo que es más grave es que por falta de recursos de sus instituciones, no recibirán prácticamente ninguna ayuda legal o económica, lo que conlleva no sólo el malestar de ellos sino de toda su familia.
En este panorama adverso, estos efectivos siguen luchando por su mistica y disciplina, ¿como se conservan estos valores? Solamente con la Justicia Militar.
Creo que por lo menos, debemos darle a ellos el marco legal adecuado que tanto reclaman, como es que la Justicia Militar vea los casos cuando sean delitos de función.
Muchas gracias.

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