BIENVENIDOS

Como integrante de la comunidad jurídica militar y en honor a mi cargo de Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial considero una obligación contribuir a través de la palabra y la acción a fortalecer el espíritu e institucionalidad de la justicia militar y restablecer su jurisdicción injustamente amputada por decisiones que antepusieron intereses particulares a los verdaderos intereses del Perú: La paz interna, la seguridad nacional, el orden, la justicia y el desarrollo democrático. Mediante este blog los invito a un diálogo alturado y a un intercambio de ideas que permita generar mayor grado de información y conocimiento sobre los fines y también sobre los desafíos que enfrenta el Fuero Militar Policial.

miércoles, 1 de febrero de 2012

Una nueva era de integración y eficiencia para la Justicia Militar Policial

Contralmirante CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial

Con la consolidación de sus instancias superiores en tribunales compuestos por magistrados jurídicos de las Fuerzas Armadas y Policía, que en adelante trabajarán juntos, sumando recursos y capacidades, la justicia militar policial peruana se moderniza y se hace más eficiente jurisdiccional y administrativamente.

Tengo la satisfacción de anunciar que hemos logrado la integración de las antiguas Zonas Judiciales para constituirlas en sólo cinco Tribunales Superiores, dando cumplimiento a lo estipulado por el D. Leg. 1096, Ley que actualiza y moderniza la organización del Fuero Militar policial. Esto es muy importante porque la administración de justicia militar policial se convierte en un organismo que optimiza recursos materiales y humanos y que cuenta con mayor capacidad e independencia, además de generar en el futuro un sustancial ahorro al presupuesto público. Si antes existían doce Tribunales, ahora solo van a existir cinco; antes había 89 juzgados, ahora existirán 29, por solo mencionar un par de ejemplos. El cambio es sumamente importante y consiste en que ya no van a existir tribunales, juzgados y fiscalías por cada arma, como era antes, sino que todo se integra, y las cinco jurisdicciones tendrán mayor fortaleza institucional y administrativa.

Los cinco Tribunales Superiores Militares Policiales, que estarán integrados por un cuerpo jurídico con miembros procedentes tanto del Ejército como de la Marina de Guerra, La Fuerza Aérea y de la Policía Nacional, son:

1. Tribunal Militar Policial del Norte con sede en Lambayeque;

2. Tribunal Militar Policial del Centro (con 2 salas) con Sede en Lima;

3. Tribunal Militar Policial del Sur con sede en Arequipa;

4. Tribunal Militar Policial del Sur Oriente con sede en el Cusco; y,

5. El Tribunal Militar Policial del Oriente con sede en Iquitos.

No quiero sonar triunfalista, pero pienso que estamos iniciando un proceso histórico que pone al Fuero Militar Policial peruano en la modernidad. Como en todo inicio de un nuevo proyecto es muy importante trabajar, recoger de inmediato el conocimiento que genera la nueva organización y convertirlo en inteligencia para su propio fortalecimiento. Aclaro ante la comunidad jurídica militar policial que estamos en el inicio de una nueva etapa histórica, pero no hay marcha atrás. Así lo demanda la historia, así lo exige nuestro gran propósito de conservar, modernizar y fortalecer a una institución que tiene entre sus roles el velar por la disciplina de nuestras Fuerzas Armadas y Policía Nacional.


"Como en todo inicio de un nuevo proyecto es muy importante trabajar, recoger de inmediato el conocimiento que genera la nueva organización y convertirlo en inteligencia para su propio fortalecimiento".

La razón de mi lucha por el Fuero Militar Policial*

Contralmirante CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial

Cuando asumí la Presidencia del Fuero Militar Policial, mi compromiso fue luchar por la supervivencia de esta jurisdicción. Habiendo logrado esto a finales del año pasado, mi compromiso para el presente año fue consolidar definitivamente nuestra institución, lo cual se ha logrado plenamente.

Al culminar este año de gestión (2010), debo exponer la memoria de la labor cumplida en ese lapso. Empero, antes de iniciar ello quisiera expresar algunas reflexiones en torno a la justicia, la ética y el rol del magistrado. Espero que mis palabras sean de provecho para los señores Vocales, Jueces y Fiscales del Fuero Militar Policial, y en general, para todos los presentes.

Lo que expresaré son algo más que unos apuntes de observaciones y mucho menos que un cuerpo de doctrina. No expresaré nada de contenido científico ni de narración amena. Únicamente, les expresare un estado de conciencia que es fruto de una vida entregada a mi rol de magistrado de la jurisdicción militar policial.

Con cada año que paso en la justicia militar policial, mi afecto por este fuero aumenta. No es el mismo afecto que tuve cuando ingresé… ahora es una vocación multiplicada y depurada, un entusiasmo ardiente, una fe invulnerable. Mi afecto por el fuero militar policial ha sido el sedimento de mi carrera profesional.

En efecto, los que trabajamos en la justicia militar policial no lo hacemos por el indispensable mantenimiento, ni mucho menos por la riqueza. Lo hacemos por amor a la justicia, por hacer el bien, por elevar nuestra institución, por velar por la seguridad y la defensa de la patria, mediante la sanción de toda inconducta que atente contra la disciplina de las fuerzas del orden.

El trabajo que se arrastra sin fe es en exceso angustioso porque tiene todos los caracteres de la esclavitud. La carrera de magistrado militar policial no es una consagración laboral sino una concreción profesional. Nuestro cargo de jueces y fiscales nos exige entregar nuestra vida a la justicia. Un magistrado que no dedique hasta su último aliento a la justicia, nunca será un verdadero magistrado.

En el magistrado militar policial la rectitud de la conciencia es mil veces más importante que el tesoro de los conocimientos. Primero debe ser bueno; luego, ser firme; después, ser prudente; la ilustración viene en cuarto lugar; la pericia, en el último.

Un magistrado es, en conclusión, el hombre que se entrega a la justicia y lucha por ella. Los demás serán solo magistrados de profesión, pero nunca magistrados profesionales.

Me siento orgulloso de ser Presidente del Fuero Militar Policial; me siento orgulloso de ser magistrado de esta jurisdicción. Me siento orgulloso porque hacer justicia, como magistrado, constituye la obra más íntima, más espiritual y más noble del ser humano.

Nuestro rol de magistrado nos exige tener la fuerza de la convicción, la definición de justicia; el aliento para sostenerla; el noble estímulo para anteponerla al interés propio; y, el sentimentalismo lírico para templar las armas del derecho. El desempeño de la magistratura no se cimienta solo en la lucidez del ingenio, sino, preponderantemente, en la rectitud de la conciencia. Esta es la piedra angular.

Un magistrado es como la balanza de precisión de un laboratorio, pues si se separa un milímetro del fiel camino de la justicia, origina la debacle de la sociedad.

Con vehemente orgullo, que es una característica sustancial de la dignidad humana (sentimiento que no debe ser confundido con la vanidad, pues esta nace de la estrechez de conciencia) les digo que el cargo de magistrado que desempeñamos nos obliga a renunciar a los intereses, al bienestar y al goce, para entregarnos al bien del otro y matar el sensualismo en servicio del deber o del ideal. Eso es sustancial en el magistrado.

Hacer justicia sin ningún otro interés más que la justicia por sí misma; hacer justicia a quien nos ofendió, hacer justicia a costa de perder amigos o ganar enemigos; hacer justicia afrontando la injuria y la impopularidad…. es loable para el ciudadano común pero no para el magistrado. En efecto, para el magistrado hacer justicia no es motivo de congratulación ni de mérito… sino…. simplemente su deber… su razón de ser.

El magistrado militar policial tiene que desempeñar su cargo con pasión y devoción; debe ser consciente de la superioridad de su función. Por ello, ha de huir cuidadosamente de los siguientes peligros:
A. Huir de la tentación del dinero: El único deseo del magistrado debe ser hacer justicia y buscar la verdad. Esto debe satisfacer su vida…. debe ser su horizonte. Un magistrado que busca el dinero se hace esclavo de éste, de allí que carece de libertad para hacer justicia.
B. Huir del amor instrumentalizado: ¿Quién resiste la súplica de la persona amada? El amor instrumentalizado, esto es, utilizado como medio y no como fin en sí mismo, puede originar rendimiento y servidumbre; y el que padece tan grave disminución de su albedrío, nada puede dirigir ni de nada puede responder.
C. Huir de la presión familiar o amical: Hay parientes y amistades comedidos y prudentes que respetan la libre voluntad del magistrado. Empero, esto por lo general es la excepción.
D. Huir de la política: Raro y difícil es que quienes se afilian bajo una bandera y acatan una jefatura, no sufran, cuando menos, una deformación del juicio que les haga ver buenas todas las causas que beneficien a su credo, y perversas cuantas le contradigan.

Así de noble y difícil es la vida del magistrado militar policial. Este cargo no encierra por sí solo calidad alguna, y cuando no hay calidades verdaderas en la persona que lo ostenta, se reduce a un título irrisorio.

Si el desempeño de la magistratura fuese solamente administrar y aplicar las normas, tendríamos una profesión pobre y pusilánime. No valdría el esfuerzo de transformación, sino bastaría saber técnicas de encasillamiento de la realidad en normas y conocer el derecho no exigiría años de estudio y experiencia, sino solo meses para memorizar normas.

La justicia exige un magistrado militar policial con una escala de valores que le pueda dar criterios de la naturaleza humana, de las aspiraciones e ideales sociales. La administración de justicia no puede desligarse de la práctica de los mismos.

La magistratura implica per se ser justo. La justicia y la verdad son la dimensión práctica de la labor jurisdiccional. La justicia y la verdad son el actuar de acuerdo a los valores imperativos del derecho.

Siempre debemos tener presente que el Fuero Militar Policial tiene un rol preponderante en la preservación de los derechos humanos, principalmente por dos factores:

Primero, porque esta jurisdicción especializada es el instrumento que garantiza la efectiva defensa y seguridad de la República, lo cual es el presupuesto habilitador para el desarrollo de una sociedad enmarcada en una política de protección y promoción de los derechos humanos; y,
Segundo, porque la justicia militar policial vela que los efectivos militares y policiales ejerciten sus funciones con estricto respeto de los derechos de los ciudadanos; es decir, previene toda distorsión o exceso funcional que atente o lesione los derechos de la persona humana.
En suma, el Fuero Militar Policial coadyuva al cumplimiento del deber primordial del Estado de defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general, en concordancia con los artículos 44º y 163º de la Norma Fundamental. Factores de innegable e inconfundible beneficio para el adecuado desarrollo de la sociedad, en un marco jurídico protector de los derechos humanos, a la vez que es habilitador de las condiciones de existencia sosteniblemente segura.

Culmino este discurso, expresando mi gratitud a los señores magistrados que han puesto su esfuerzo para alcanzar las metas conseguidas este año, gratitud que es extensiva a todo el personal de nuestra institución. El producto del esfuerzo conjunto es el que ahora damos cuenta con orgullo.

Aprovecho esta ocasión, para renovar mi compromiso, en calidad de Presidente del Fuero Militar Policial, de luchar siempre por una justicia militar autónoma, independiente, imparcial y ejemplar, que sirva como referente de profesionalismo y excelencia para nuestro país y para el mundo.

Balance y Metas 2010-2011

Contralmirante CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial

Debo decir sin preámbulos que el 2010 ha sido muy positivo para la Justicia Militar Policial. Las metas que nos trazamos al final de 2009 cuando afrontábamos un futuro aún incierto e inestable, se han cumplido a cabalidad en los aspectos más importantes y gravitantes en nuestro fortalecimiento jurídico y liderazgo, logros que estoy seguro influirán de manera trascendental en la construcción de un nuevo estándar disciplinario de nuestras Fuerzas Armadas y Policiales y por ende mejorará en un futuro cercano la eficiencia de los aparatos de seguridad y defensa de nuestro país.

Para nosotros este año de retos y empeño institucional comenzó en diciembre de 2009 con una sentencia cabal y reivindicatoria del Tribunal Constitucional respecto de las cuestiones insostenibles por las que fuimos demandados por enésima vez. Dicha sentencia nos dio el punto de partida y clave para desarrollar un trabajo tenaz en busca de un nuevo marco jurídico y un nuevo código penal, que no solo nos devolviera atribuciones recortadas indebidamente como producto de anteriores criterios del TC, sino que sobre todo nos proporcionara un instrumento moderno para cumplir nuestro rol en la administración de justicia especializada.

Es así como durante la primera mitad del año concentramos nuestros esfuerzos en la producción de las nuevas normas del Fuero Militar Policial y también en el nuevo diseño de su organización que, acorde con los nuevos tiempos y con parámetros modernos de gestión pudiera renovarse y reestructurarse para estar totalmente integrada y ser más eficiente y eficaz.

Para lograr lo avanzado hemos tenido que batallar en todos los campos; a nivel jurídico para defender y sustentar nuestras propuestas que se plasmaron en legislación; a nivel técnico para rediseñar la organización y las nuevas pautas del comando administrativo; y a nivel político para sensibilizar y lograr la revaloración de la Justicia Militar Policial y la dación de sus nuevas normas a nivel del Ejecutivo y del Legislativo.

No puedo dejar de recapitular los momentos de mayor tensión y contingencia, durante el debate y votación en el Congreso de la República de los Decretos Legislativos Nº1094 y Nº1096, que felizmente concluyeron en un resultado positivo: El 1 de setiembre pudimos ver la promulgación del nuevo Código Penal Militar Policial y de la normativa que complementa y optimiza nuestra Ley de Organización y Funciones.

Contando con estas herramientas legales es que hemos iniciado nuestro ambicioso plan de modernización que conserva y fortalece la esencia de la Justicia Militar Policial pero implica una nueva estructura y la adopción de un nuevo modelo procesal. Estos objetivos ya son conocidos en toda la institución, gracias al trabajo de difusión e implementación iniciado a nivel nacional en todas las zonas judiciales de los Institutos Armados y Policía Nacional.

En el aspecto jurisdiccional, entre otros asuntos, el Fuero Militar Policial se ha ocupado de causas cruciales como el de traición a la patria, entregado a este fuero por la Corte Suprema, en un hecho que delimitó e hizo respetar la jurisdicción militar policial. También hemos conocido algunos casos abordados mediáticamente pero que en nuestros tribunales han tenido el tratamiento transparente, justo e independiente, igual que todo el resto de nuestra carga procesal.

En el frente externo, por supuesto que las organizaciones que siempre objetan los asuntos del Fuero Militar Policial no han dejado de cuestionarnos y observar nuestras acciones. Es así como propiciaron que una vez más acudamos a Washington a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a exponer nuestra posición en octubre último por injustificadas alarmas en torno a temas de nuestro recién nacido Código. Estas cosas seguirán sucediendo y cada vez obtenemos mayor experiencia en estas lides, pero también mejoramos nuestra exposición y demostramos nuestra firme coherencia con las normas de derechos humanos ante un organismo como la CIDH para quien ya no somos un desconocido.

De Washington a Salvador: la Justicia Militar se fortalece

Contralmirante CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial

Después de mi presencia en Washington para sustentar el sistema de Justicia Militar peruano me tocó estar en Salvador, Bahia, en el XI Congreso Nacional de las Justicias Militares.

En Brasil, la Justicia Militar es prácticamente parte de la vida cotidiana. La ciudadanía no la observa como a un organismo ajeno o de actuación desconocida sino como a una institución concreta, correcta y dinámica que incluso tiene la potestad de juzgar a los cuerpos de bomberos.

Gracias a la invitación especial de la Asociación de Magistrados de las Justicia Militares Estaduales (AMAJME) asistí a su importante congreso que se celebró la primera semana de noviembre. Con sinceridad, el evento, además de ser un éxito en participación -más de 500 asistentes de todo el país y algunos invitados extranjeros- permitió percibir la plena vigencia de la justicia militar y su reconocimiento en la esfera pública, así como la alta identificación y unidad de objetivos de quienes componen la comunidad jurídica militar en el Brasil.

Es importante precisar que el modelo de justicia militar policial del vecino país tiene sus peculiaridades en aspectos de forma y procedimentales por estar administrativamente más inserto en el sistema de la justicia en general, pero en escencia comparte la totalidad de principios de la justicia castrense que rigen en todo el mundo, con especial relevancia de la especialización, la independencia con relación al fuero común -tienen Tribunales y Ministerio Público Militares- y el carácter de fuero privativo para la fuerza armada, policía y bomberos; estos últimos son cuerpos militarizados y por tanto están sujetos al código.

Entonces la comunidad jurídica militar policial del Brasil comparte los mismos intereses y preocupaciones de la comunidad internacional y existe mucho interés por la evolución de los sistemas de justicia militar en otros países como Colombia, México y el Perú. La preocupación va en el sentido de recoger toda experiencia de renovación y fortalecimiento de dichos sistemas y compartir dichas visiones sin generar pautas o criterios inflexibles, sino todo lo contrario: cada nación soberana perfecciona su justicia militar a la medida de sus necesidades y de acuerdo con la importancia de sus retos en defensa, seguridad interna y externa.

Definitivamente el caso peruano es un tema de estudio y nuestro proceso de modernización está ahora en el ojo de la comunidad internacional; la consolidación de nuestra institucionalidad y jurisdicción es seguida con interés en los círculos especializados y del ámbito jurídico militar policial. En ese ambiente de vivo interés, participación y unidad alrededor de los temas centrales de la Justicia Militar me cupo el honor de recibir el Collar del Mérito Judicial de las Justicia Militares Estatales, alta distinción de la Asociación de Magistrados de las Justicias Militares (del Brasil), cuyo simbolismo es muy grande y que con toda humildad, aprecio y honestidad dedico de manera especial a quienes me acompañan en la construcción y reafirmación jurídica e institucional del Fuero Militar Policial del Perú.

Después de nuestra presencia en Washington* y tras observar la fortaleza de la institución de la justicia militar en el sistema judicial del gigante sudamericano, solo me queda expresar mi satisfacción por lo avanzado, porque en ambos casos nuestra institución muestra nuevas señales de vitalidad al estar presente en la agenda regional y continental; pero al mismo tiempo quiero expresar con franqueza que apenas estamos en el cimiento de una nueva fundación de la justicia militar policial y que los próximos meses y años deben ser de mucho trabajo y dedicación para lograr la implementación del nuevo Código Penal Militar Policial y la reforma organizacional que en conjunto nos darán el soporte para afianzar el nuevo modelo de administración de justicia especializada moderna, eficaz y al servicio del orden y la paz de nuestro país.

Otro capítulo en Washington

Contralmirante CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial

Por tercera vez consecutiva en menos de dos años el Estado Peruano es convocado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para informar sobre su accionar en el campo de la legalidad, teniendo nuevamente a la Justicia Militar Policial como punto de atención, principalmente por el empecinamiento del IDL en denunciar lo mismo vez tras vez. Está bastante claro que en los últimos meses el Fuero Militar Policial, la autoridad peruana en justicia militar, ha trabajado incansablemente en la actualización de sus normas y en hacerlas concordar al máximo con la jurisprudencia nacional e internacional.




Expresión de ello son las recientes leyes que por un lado nos han dotado de un moderno Código Penal Militar Policial (D.Leg. N1094) y por otro de un ajuste normativo que optimiza nuestra Ley de Organización y Funciones (D.Leg. Nº 1096). Estos cambios notables y modernizadores de la legislación del Estado Peruano, en materia de justicia militar policial son los que nos tocará presentar, explicar y defender ante la CIDH.A diferencia de otros años, el Perú ha instrumentado un mejor sistema de defensa por medio de su procuraduría pública supranacional que sostendrá con identidad y conocimiento de causa la postura peruana.




También en contraste con ocasiones anteriores nuestro contacto con la CIDH, además de las relaciones cordiales establecidas durante el 2009, tiene el precedente de una valoración positiva que pudimos percibir en los comentarios de los comisionados Meléndez y Carozza, cuyas opiniones definitivamente han confirmado que avanzamos por buen camino.




Lejos de considerarnos hostilizados por las constantes demandas del IDL y sus extensiones paralegales, debemos sentirnos favorecidos con la posibilidad de demostrar ante los organismos competentes del sistema internacional que el Perú actúa con mayor rigor en la observancia de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, que el diseño de su sistema de justicia militar policial se enmarca en la constitucionalidad y que trabaja en el fortalecimiento de unas fuerzas armadas y policiales con disciplina y alto sentido del deber, tal como lo exige su calidad de custodios de la democracia y la paz en medio de una realidad que los enfrenta al terrorismo, el narcotráfico y la delincuencia.El martes 26 de octubre estaremos presentes en Washington junto al equipo de la Procuraduría Pública supranacional. Esperamos contar con la oportunidad y el tiempo necesario para exponer nuestra posición y responder a los cuestionamientos de manera contundente. Estemos atentos.

Un nuevo Código y optimización de la ley Nº29182

Contralmirante CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial


En un hecho histórico para el fortalecimiento de la administración de justicia e institucionalidad de las FF.AA y Policía Nacional, y por ende para la seguridad y defensa nacional, el gobierno peruano –en el marco de las facultades otorgadas por el Congreso para legislar en materia de Justicia Militar Policial– promulgó el miércoles 1º de setiembre de 2010 importantes leyes, entre ellas la que establece un nuevo código de justicia y otra norma que optimiza la Ley de Organización y Funciones del FMP. El nuevo Código, llamado Código Penal Militar Policial –dado mediante Decreto Legislativo Nº 1094– responde a la nueva jusrisprudencia del TC, que reconoce que el concepto de DELITO DE FUNCIÓN puede variar según las circunstancias; igualmente guarda concordancia con el marco jurídico señalado y aceptado por organismos supranacionales como la Comisión y la Corte Interamericana de DDHH, en sus últimas sentencias, así como la jurisprudencia de los Tribunales Constitucionales de Colombia y Espana y la Corte Suprema de Canadá.

Nuevo Código Penal Militar Policial Ver Descargar
Este código es un instrumento moderno que nos ayudará a preservar de mejor forma el orden y la disciplina en las FF.AA. y PNP, garantizando además que los efectivos del orden que incurran en delitos de función sean juzgados con todas las garantías del debido proceso como corresponde a un Estado democrático y constitucional de derecho. Ello no significa ningún beneficio indebido o impunidad para militares y policías, sino simplemente la garantía de que sus derechos serán respetados. Por otra parte, en el marco de las mismas recomendaciones y criterios jurídicos tanto del TC, en su sentencia de diciembre de 2009, como de los organismos supranacionales; y en el uso de las facultades otorgadas, el ejecutivo también ha promulgado el Decreto Legislativo Nº 1096, que modifica artículos de la Ley Nº 29182 Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial para fortalecer su independencia, transparencia y eficacia de sus acciones. Por ejemplo, con la nueva norma se garantiza la transparencia e independencia de nuestros magistrados al establecer que los vocales y fiscales de la máxima instancia serán oficiales generales o almirantes en situación de retiro… también se asegura la inamovilidad de jueces y fiscales militares de manera que solo pueden ser cambiados a su solicitud y por necesidades jurisdiccionales y fiscales debidamente comprobadas. Adicionalmente, se ha establecido un sistema de ratificación de magistrados cada 5 años previa verificación de su idoneidad.

Decreto Legislativo Nº 1096 Ver Descargar
En conclusión, los decretos legislativos promulgados en la fecha, consolidarán el FMP y lo reafirmarán como una institución moderna que respeta los principios rectores de la administración de justicia; que cuenta con suficientes garantías de autonomía, independencia e imparcialidad; que asegura un juzgamiento especializado de las actuaciones de los efectivos del orden; que respeta el debido proceso y los derechos humanos; y que vela por el cumplimiento idóneo de las funciones de defensa y seguridad de la República por parte de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Gracias por su gentil atención y los invito a seguir informándose sobre la justicia militar policial por nuestros canales de divulgación.

UNA REFLEXIÓN SOBRE LA EFICIENCIA

Calm. CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial


El concepto "eficiencia" debe su origen al latín efficientia que en español significa, acción, fuerza, producción. Se define como la capacidad de disponer de alguien o de algo para conseguir un efecto determinado, es decir lograr que se realice bien o excelentemente bien. Por tanto eficiencia es hacer las cosas; no desear poder hacerlas, soñar con ellas, o pensar si uno será capaz de realizarlas. Es aprender cómo hacer las cosas haciéndolas, tal como se aprende a caminar, caminando, o a hablar hablando. Es la aplicación de la teoría a la práctica. Es la eliminación de la debilidad, del temor y del desaliento. Es la mano de hierro en el guante de seda. Es estar alerta, con el ánimo arriba y listo para adaptarse a lo inesperado. Es la suma de tres ingredientes: propósito, práctica y paciencia. Es la facultad de poder usar las propias capacidades, hábitos, gustos, experiencias, mente, educación, corazón y cuerpo; y no ser usado por estas cosas. Es el aprendizaje personal, la concentración, la visión, el sentido común. Es la suma total de todo lo bueno que hay en una persona.

En economía, la eficiencia es la relación entre los resultados obtenidos (ganancias, objetivos cumplidos, productos, etc.) y los recursos utilizados (horas-hombre, capital invertido, materias primas, etc.). En la administración de justicia, uno de los indicadores más importantes para medir la eficiencia es la celeridad. La demora excesiva en un juicio no sólo es sinónimo de ineficiencia judicial, sino también de denegación del derecho a la justicia.

En este proceso en el que nos encontramos y del cual hablamos como el fortalecimiento del Fuero Militar Policial, es imperativo que tengamos en cuenta un concepto tan importante como la eficiencia, ya que es uno de los más altos valores que ha esgrimido siempre la justicia militar y que en el futuro inmediato nos acompañará como un signo distintivo e inajenable de nuestra capacidad de acción. Una justicia militar eficiente contribuirá necesariamente a la formación y preservación de fuerzas armadas y policiales eficientes en su accionar ético y profesional. Estemos alerta y preparados para lo que viene.

NUESTRA MISIÓN PATRIÓTICA

Calm. CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial


El mes de la Patria nos hace invocar las más grandes reflexiones en torno a nuestra misión como militares, defensores de la seguridad del país y como abogados y juristas, abanderados de la disciplina, la justicia y el derecho. Nos encontramos pues en una posición de privilegio y de enorme responsabilidad: ser parte de las fuerzas armadas y policía y tener como misión la administración de justicia en el ámbito que nos corresponde con firmeza e independencia.


No pocos desafíos hemos enfrentado y aún nos toca batallar en el campo jurídico para ver a la Justicia Militar Policial fortalecida y dotada de las herramientas legales que le permitan ejercer a plenitud las atribuciones que le señala la Constitución. Esta es una tarea en la que nos encontramos empeñados y esperamos contribuir con lo mejor de nuestra capacidad a construir un Código de Justicia Militar Policial incuestionable y a optimizar nuestro marco legal de modo que podamos recuperar el vigor institucional y desvirtuar de manera contundente a quienes cuestionan nuestra labor y hasta desean nuestra extinción. Promulgada la ley de delegación de facultades (Ley Nº 29548), estos dos meses serán de crucial importancia para nuestro futuro y les puedo asegurar que junto al equipo jurídico estamos realizando un trabajo intenso que nos debe llevar a formular las propuestas legales más sabias.


En todo ello nos guía y acompaña la convicción de que la Justicia Militar Policial es un baluarte de patriotismo. Por algo decimos siempre que la Justicia Militar es como el polvo en las botas de nuestros soldados. Tenemos el rol patriótico de conservar la disciplina y la calidad ética de unas Fuerzas Armadas y Policiales que a cada minuto deben desempeñarse con el mayor profesionalismo y disciplinada firmeza para contrarrestar la acción de los mayores enemigos de la Patria que, como sabemos, son en estos tiempos los focos terroristas, el narcotráfico, la delincuencia.


Bajo esta reflexión, quiero finalmente agradecer a los salientes miembros de este Tribunal por la labor realizada durante su permanencia en el Fuero Militar Policial y extender la bienvenida a quienes ingresan a formar parte de él como magistrados en esta nueva etapa.


Que el mes de la patria sea propicio para reflexionar sobre la misión de la Justicia Militar Policial en la historia y el futuro independiente y soberano de nuestro país. Un fuerte abrazo a la comunidad jurídica militar policial, a nuestro personal civil y a todos los peruanos. ¡Felices fiestas patrias!

Un gran paso en el Congreso

Calm. CJ(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial


Presencié personalmente la votación del 10 de junio último en el Congreso de la República. Nuestros representantes debían tomar una decisión de vital importancia respecto al pedido de facultades del Ejecutivo para legislar en materia de Justicia Militar Policial, junto con otros temas asociados a la seguridad interna y Defensa Nacional (narcotráfico, delincuencia, uso de la fuerza). Decidido a permanenecer y "vivir el partido" de principio a fin llegué temprano al Congreso y tras asistir a la sesión solemne que consistió básicamente en un acto protocolar de atención al Presidente del Ecuador, me avoqué a dialogar con asesores y congresistas, como una forma de ir conociendo su percepción sobre la importancia del tema de la Justicia Militar y medir el ambiente. En algún momento sentí preocupación por el hecho de que a pesar del trabajo de información y sensibilización que se ha realizado algunos representantes no percibieran la magnitud del asunto.


Como todos sabemos, el Palacio Legislativo es un mundo aparte, que respira y vive con una dinámica propia, donde muchas veces lo urgente no deja lugar para lo importante; las decisiones dependen de filiaciones políticas y los esfuerzos de coordinación y entendimiento para lograr una votación en base al interés superior de la Nación deben ser muy grandes.


Es así como asistimos a un debate con más prejuicios que verdadero análisis de las propuestas por parte de algunos padres de la patria. Fue en ese terreno en el que tuvimos que colaborar para motivar una decisión positiva. Fue arduo pero gratificante trabajar contra el reloj informando, dialogando y motivando el respaldo de las bancadas hasta donde se pudo, para que la Justicia Militar Policial tenga la posibilidad de continuar con su proceso de modernización y fortalecimiento institucional, siguiendo una ruta que nos debe conducir a la consolidación de nuestra judicatura y el restablecimiento de las facultades que la Constitución nos atorga.


Finalmente una votación de 43 votos contra 40 y 3 abstenciones nos demostró que en un Congreso donde existen fuerzas políticas, algunas de ellas radicalizadas e ideológicamente sesgadas y donde un voto puede ser la diferencia entre avanzar o retroceder, todo esfuerzo por convencer es más que importante.


Felicito al equipo asesor por colaborar en el perfeccionamiento de la propuesta de la Comisión de Justicia del Congreso de la República y a todos los integrantes del Fuero Militar Policial que de una u otra forma han puesto su capacidad para que se pueda dar este nuevo paso hacia adelante en el largo camino del restablecimiento y la optimización de las normas de nuestra institución.

Institucionalidad y Cambio

Calm. CJ.(r) Carlos Enrique Mesa Angosto
Presidente del Fuero Militar Policial


Las instituciones sólidas, cuanto más cambian, más se parecen a sí mismas, porque su solidez proviene del cumplimiento de su protocolo, es decir de la aplicacion correcta de su doctrina.
A la cultura y modo de pensar que caracteriza a una persona, pueblo o generación se le denomina “mentalidad”. En el caso de la mentalidad jurídica militar policial es recomendable analizarla también en su sustancia; es decir sus actitudes, sus valores, su visión y que ello nos conduzca a fortalecer nuestra identidad y la conciencia sobre el futuro como institución.


En los próximos días el Congreso debe decidir el asunto de la delegación de facultades legislativas al Ejecutivo, que tiene como materia un conjunto de leyes sobre defensa, orden interno y Justicia Militar Policial. Lo que esperamos es que este escenario, en muchas formas positiva para el futuro de la Justicia Militar Policial, implique el fortalecimiento de su legislación y la consolidación de sus códigos y normas rectoras. En los últimos meses hemos trabajado en el diseño y la formulación de una propuesta moderna, que implicará un modelo muy actual de administración de justicia especializada, pero al mismo tiempo firme y coherente en la restitución y conservación del espacio jurídico que nos corresponde.


Frente al nuevo escenario que se vislumbra a partir de la inminente delegación de facultades al Ejecutivo, para legislar en materia de Justicia Militar Policial, considero importante señalar un escenario de nuevos retos institucionales, cambios y mucho trabajo por delante.